Armas de fuego largas: escopeta, fusil de combate, ametralladora, fusil de asalto, subfusil, carabina, fusil de francotirador, fusil de tirador designado, fusil antimaterial, fusil de cerrojo, fusil semiautomático.
Las armas de fuego se dividen en dos categorías principales: Armas de fuego largas:
Categoría 2: Armas de fuego largas para vigilancia y guardería, y las utilizadas para la caza mayor y escopetas de caza.
Licencia D: Todos los que se quieran dedicar a la caza mayor necesitan conseguir la licencia D.
Solamente se podrá tener una licencia válida de cinco años y autorizada para llevar y usar hasta cinco armas de la categoría 2.
Para obtenerla, se debe superar una prueba teórica sobre el conocimiento de las armas y el Reglamento de Armas y una prueba práctica para comprobar la habilidad para el manejo y utilización de dichas armas.
Licencia E: Comprende las armas de tiro deportivo, escopetas de caza, armas accionadas con aire o gas comprimido, ballestas y armas para lanzar cabos.
El número total de armas dentro de esta licencia no puede ser superior a 12.
Para obtenerla, se debe superar una prueba teórica sobre el conocimiento de las armas y el Reglamento de Armas y una prueba práctica -para comprobar la habilidad para el manejo y utilización de dichas armas.
Licencia F: Para tiradores deportivos que usen armas para uso en campos, galerías y polígonos de tiro.
En función de la categoría del tirador, la licencia puede ser de tres clases: 1ª clase: Un máximo de 10 armas de concurso.
2ª clase: Un máximo de 6 armas.
3ª clase: Un arma corta o un arma larga de concurso.
La licencia A está reservada para las armas de propiedad privada del personal de las Cuerpos Específicos de los Ejércitos, de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y del Servicio de Vigilancia Aduanera.
La licencia C está reservada a los vigilantes de seguridad y escoltas privados de las empresas de seguridad, a los vigilantes de explosivos y a los guardas rurales.
Esta licencia tendrá validez exclusivamente durante el tiempo de prestación del servicio de seguridad determinante de su concesión, y carecerán de validez cuando sus titulares se encuentren fuera de servicio.