La regulación de la tenencia de armas en nuestro país es muy restrictiva y no se puede portar ni poseer armas de fuego en territorio español sin la correspondiente autorización o licencia expedida por las autoridades competentes. Para poseer un arma en España hay que cumplir estos requisitos: tener más de 18 años, aprobar un examen teórico y uno práctico y superar un test de aptitud psicotécnica. Además, no se deben tener antecedentes penales.
En España existen diferentes tipos de licencia: Tipo A: Permiso destinado al Ejército, a los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y al Servicio de Vigilancia Aduanera. Tipo B: Es la licencia referente a la autodefensa. Se permite la tenencia y uso de armas cortas, como pistolas o revólveres, bajo estrictas medidas de seguridad.
El arma amparada por la licencia correspondiente debe ser custodiado en casa en un lugar seguro, bajo llave y separado de su munición. Si la persona tiene la licencia de las armas que posee, puede tenerlas en su domicilio, pero debidamente guardadas y custodiadas. Es decir, un arma que requiere licencia para caza o para práctica deportiva, solo pueden ser utilizadas para tales fines en los lugares habilitados para ello. Por lo tanto, no se puede hacer uso de ellas en ningún otro sitio que no sea para la práctica de la caza o el uso deportivo.