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¿Quién puede portar armas por la calle?

Miguel Matías
Miguel Matías
2025-06-29 11:26:21
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En España, solo pueden llevar armas los miembros de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad del Estado, además de vigilantes, cazadores, tiradores deportivos y las personas que acrediten una necesidad de autodefensa. La razón de defensa de personas o bienes, por sí sola, no justifica la concesión de la licencia B. Es el director general de la Guardia Civil quien autoriza este tipo de armas y tiene una vigencia de tres años, sin admitir renovación automática, es decir, el interesado tiene que adjuntar un certificado de aptitudes psicofísicas y de antecedentes penales, así como de violencia de género. La ley obliga a resguardar las armas de fuego en lugar seguro y comunicar inmediatamente su extravío o robo. En España este uso está restringido previa autorización y justificación de su uso.
Victoria Duarte
Victoria Duarte
2025-06-29 08:11:02
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En España, solo pueden llevar armas los miembros de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad del Estado, además de vigilantes, cazadores, tiradores deportivos y las personas que acrediten una necesidad de autodefensa. La razón de defensa de personas o bienes, por sí sola, no justifica la concesión de la licencia B. Es el director general de la Guardia Civil quien autoriza este tipo de armas y tiene una vigencia de tres años, sin admitir renovación automática, es decir, el interesado tiene que adjuntar un certificado de aptitudes psicofísicas y de antecedentes penales, así como de violencia de género. Para poder obtener la licencia de este tipo de arma, primero es necesario estar en un "supuesto de especial riesgo".