El Código Penal para el Distrito Federal señala en el Capítulo IV lo referente a la situación y el delito es disparo de arma de fuego.
El Artículo 211 TER de este indica que se comete un delito cuando la persona, sin causa justificada, dispare un arma de fuego, por lo que podría ser encarcelada.
Tomando en cuenta lo estipulado en el Código Penal capitalino, se indica que la persona que “sin causa justificada, realice disparo de arma de fuego, se le impondrá de dos a cinco años de prisión, sin perjuicio de las penas que pudieren corresponderle por la comisión de otros delitos”.
Además, explica que “se entenderá, por causa justificada, todas aquellas circunstancias en las que se ponga en riesgo la vida, la integridad física o el patrimonio, propio o de cualquier otra persona”.
El delito se agravaría si la persona muere.
De acuerdo con el Artículo 123 del mismo Código, quien prive de la vida a otro, se le impondrá de ocho a veinte años de prisión.
O bien, según el Artículo 130, si una persona lesiona a otra, recibirá de seis meses a dos años de prisión, cuando las lesiones tarden en sanar más de quince días y menos de sesenta.
Recibirá de dos a tres años seis meses de prisión, si tardan en sanar más de sesenta días.
De dos a cinco años de prisión, cuando dejen cicatriz permanentemente notable en la cara.
De tres a cinco años de prisión, cuando disminuyan alguna facultad o el normal funcionamiento de un órgano o de un miembro.
De seis a ocho años de prisión, si producen la pérdida de cualquier función orgánica, de un miembro, de un órgano o de una facultad o causen una deformidad.
De seis a ocho años de prisión, cuando pongan en peligro la vida.