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Leyes sobre transporte de pistolas

Encarnación Romo
Encarnación Romo
2025-09-03 02:39:21
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La resolución tiene como objetivo principal flexibilizar las medidas de seguridad que deben implementar las empresas de transporte y seguridad privada durante el envío de armas de fuego, componentes esenciales y cartuchería, cuando se vean obligadas a almacenar este tipo de productos en sus instalaciones. De esta manera, se introducen dos modalidades: El almacenamiento se define como el depósito temporal de las mercancías en locales cerrados de las empresas mientras se completan las operaciones necesarias para su distribución. Por su parte, el almacenamiento en tránsito se refiere al depósito limitado a un periodo máximo de ocho horas, sujeto a cantidades definidas de armas y cartuchería. A partir de ahora, para el almacenamiento prolongado, las empresas que necesiten mantener las armas, componentes esenciales o cartuchería durante más de ocho horas en sus instalaciones deberán optar por una de las siguientes opciones: La primera opción es la presencia permanente de personal en las instalaciones. En este caso, las medidas de seguridad establecidas en el artículo 144.1.a) y d) del Reglamento de Armas serán obligatorias. La segunda opción implica disponer de espacios habilitados independientes, los cuales deberán cumplir los siguientes requisitos: un habitáculo cerrado, sin ventanas o huecos al exterior.
Álvaro Alcala
Álvaro Alcala
2025-09-02 23:33:37
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Las personas que desean transportar de un sitio a otro, diferentes tipos de armas deben tomar en cuenta la guía de circulación. Este escrito permite dicho tránsito sin necesidad de que el ciudadano cuente con guía de pertenencia o la respectiva licencia. En este traslado se incluyen las armas de categoría 1, 2, 3 y 6, así como las piezas importantes, además también las de categorías 7.1, 2, 3 y 4. Tienen que estar autorizadas por las divisiones de la Intervención de Armas. Para los ciudadanos que quieran enviar de forma particular el arma, debe tener en cuenta que obligatoriamente las Intervenciones de Armas tendrán la potestad para estos casos. No se permite el traslado de pistolas como los del tipo de armas cargadas y tampoco sus municiones. También hay casos de personas que quieran portar escopetas, pero están interesados en una de otra ciudad, para ello se debe dirigir a la Intervención de Armas de esta zona. Se tiene que esperar aproximadamente 10 días para que salga la guía de pertenencia. Esto, igualmente, aplica para otros tipos de armas.

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