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¿Cómo se llama la arma corta?

Fernando Sedillo
Fernando Sedillo
2025-07-15 02:57:01
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Tenemos muchos tipos de armas de fuego: cortas, largas, e incluso histórico de varios períodos, hasta la Primera Guerra Mundial. Si desea crear su propio paquete, es OBLIGATORIO reservar con antelación el arma de su elección.
Miguel Castro
Miguel Castro
2025-07-03 23:51:07
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Un arma corta es un arma de fuego con un cañón corto y que se puede empuñar con una sola mano. Arma de fuego corta sería aquella cuyo cañón no exceda de 30 centímetros o cuya longitud total no exceda de 60 centímetros. Ejemplos: Pistola y revólver. En España el actual reglamento de armas establece como arma corta: Arma de fuego cuyo cañón no exceda de 30 cm o cuya longitud total no exceda de 60 cm.
Gerard Carretero
Gerard Carretero
2025-06-24 23:55:31
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Armas de fuego cortas: pistola, revólver y pistola ametralladora. Licencia B Esta licencia para armas de fuego cortas se concede solamente para quienes tengan necesidad de obtenerla. En la solicitud es necesario que consten todos los detalles y los motivos que fundamenten la necesidad de poseerla. Los mayores de 60 años deberán validar su licencia tipo B cada 2 años, y los mayores de 70 cada año. El tiempo máximo de concesión de esta licencia es de 3 años para los menores de 60 años.
Nahia Téllez
Nahia Téllez
2025-06-24 21:41:40
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Se considera arma de fuego corta al arma de fuego cuyo cañón no exceda de 30 cm o cuya longitud total no exceda de 60 cm. El arma de fuego cuyo cañón no exceda de 30 cm, se le debe considerar arma corta, aunque no cumpla con la otra medida de longitud total. De igual forma, si el arma tiene una longitud total que no excede de 60 cm pero el cañón excede de 30 cm, seguirá siendo un arma corta. Un arma de fuego cuyo cañón mide 20 cm y la longitud total es de 2 metros, se considera arma corta. Un arma de fuego cuyo cañón mida 40 cm y su longitud total sea 60 cm, se considera arma corta. Podemos decir que solo será arma larga cuando sobrepase las dos medidas indicadas por el Reglamento de Armas. Si el arma de fuego cumple con alguna de las medidas indicadas en el Reglamento de Armas, será arma corta. Si el arma no alcanza una de estas dos medidas, se considera un arma corta. Si se superan ambas longitudes, se considera un arma larga.