Con respecto a los cuchillos o navajas existe una posibilidad, que comprende a los que portan una hoja inferior a los 11 centímetros, que se miden desde el reborde del mango hasta el extremo, este tipo de arma sí que se puede llevar sin permiso alguno, aunque deberán guardarse de una forma segura.
Este tipo de armas deben ser de un solo fino, con hojas menores a los 11 centímetros y no pueden ser automáticas, solo es posible el transporte de un arma superior si se produce para fines de decoración y coleccionismo.
Por otra parte, el portador de la navaja tiene que ser mayor de edad.
Siempre que portes cuchillos o navajas que no están autorizadas para transportarlas en el vehículo, la sanción ascenderá a 300 euros, aunque es posible que aumente dependiendo de la situación o circunstancia, también del tamaño y de un posible uso.
Por ejemplo, si llevas este tipo de armas blancas en tu vehículo en una zona de ocio, los agentes de la autoridad procederán a quitártela e imponerte hasta 30.000 euros de multa, ya que se puede considerar como un uso imprudente del arma por los agentes de la autoridad.
Es obligatorio disponer del permiso correspondiente para llevar armas de fuego o blancas en el automóvil, además en el caso de las escopetas de caza, estas solo se podrán portar en el vehículo si nos dirigimos a llevar a cabo esta actividad.
En el caso de que portes un hacha o una azada y vengas de o vayas a una actividad agrícola sí que puedes llevarla, aunque se han dado situaciones en las que si un agente toma la ley al pie de la letra te puede sancionar.
Lo lógico y previsible es que se apele al sentido común del Guardia Civil, ya que el uso de estas herramientas está destinado a la agricultura, pero se deberá llevar de forma segura en el coche, es decir, bien sujeta y que no suponga ningún peligro para la integridad física tanto del conductor, como de los pasajeros.