Andalucía La Junta de Andalucía autorizó en 2023, de manera excepcional, el uso de visores térmicos acoplados al arma durante aguardos nocturnos al jabalí y cerdo asilvestrado, según la Resolución de emergencia cinegética por daños y riesgos sanitarios.
Extremadura permite el uso de visores térmicos únicamente en aguardos nocturnos autorizados expresamente.
Es fundamental que los cazadores consulten la normativa vigente en su comunidad antes de utilizar este tipo de dispositivos.
Mientras que en algunas regiones como Andalucía y Extremadura se han autorizado excepciones para aguardos nocturnos, en la mayoría del territorio español los visores de caza térmicos están prohibidos.
En Castilla y León, el uso de visores térmicos y de visión nocturna está estrictamente prohibido en la actividad cinegética, según la normativa vigente.
La Comunidad Valenciana prohíbe el uso de visores térmicos y de visión nocturna para la caza, sin excepciones registradas en los últimos años.
En la Región de Murcia, la caza con térmico no está permitida en ninguna de sus modalidades, de acuerdo con la normativa autonómica vigente.
En Navarra, los visores térmicos están prohibidos en la caza, sin excepciones contempladas en la legislación vigente.
La Comunidad de Madrid no contempla actualmente excepciones en la normativa cinegética para el uso de visores térmicos, por lo que su uso sigue prohibido.
Aragón El artículo 41 de la Ley 1/2015 de Caza de Aragón prohíbe el uso de dispositivos de mira con convertidores o amplificadores electrónicos de luz para tiro nocturno.
Asturias Según el artículo 25 de la Ley 2/1989 de Caza del Principado de Asturias, se prohíbe el uso de dispositivos de mira con convertidores o amplificadores electrónicos de imagen para tiro nocturno.
Cantabria El artículo 33.3 c) de la Ley 12/2006 de Caza de Cantabria prohíbe la tenencia y uso de dispositivos de mira con convertidores o amplificadores electrónicos, así como cualquier tipo de intensificador de luz.
Castilla-La Mancha El artículo 26 de la Ley de Caza de Castilla-La Mancha, modificado por la Ley 2/2018, prohíbe el uso de visores con convertidores o amplificadores de imagen electrónicos para tiro nocturno, excepto en casos reglamentados expresamente por la consejería competente.