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Reglamento de seguridad en eventos

Saúl Coronado
Saúl Coronado
2025-09-16 07:56:17
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La seguridad en eventos públicos es una responsabilidad primordial. El primer paso es desarrollar un completo plan de seguridad en eventos. Este plan debe abordar aspectos como la gestión de multitudes, control de accesos, servicios médicos de emergencia, y comunicación efectiva en situaciones críticas. La organización de grandes eventos conlleva desafíos únicos. La seguridad en eventos masivos requiere una planificación minuciosa para abordar la logística de multitudes, puntos de evacuación y la distribución de recursos de seguridad de manera efectiva. Eventos deportivos y espectáculos públicos están sujetos a leyes específicas de seguridad. Es esencial comprender y cumplir con la ley de seguridad en eventos deportivos para garantizar la seguridad tanto de los participantes como del público. La seguridad en eventos masivos no es solo una necesidad, sino que es una obligación. Desde la planificación del evento hasta su ejecución, cada detalle debe ser cuidadosamente considerado para garantizar la seguridad y el bienestar de todos los asistentes. Ya sea un concierto, festival, congreso o carrera al aire libre, cumplir con las normas de seguridad no solo es una obligación legal, sino la clave para ofrecer experiencias inolvidables de manera segura.
Alberto Valenzuela
Alberto Valenzuela
2025-09-09 09:46:45
Respuestas : 19
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Para garantizar la seguridad en grandes eventos es preciso, por tanto, prevenir y anticiparse a los eventuales riesgos mediante un plan de seguridad. Las características del plan que diseñará las medidas de seguridad en los eventos estarán determinadas por su tamaño, tipo y duración, entre otros factores. De esta forma se asegura que cada aspecto del plan esté medido y el personal de seguridad pueda reaccionar en tiempo y forma adecuados. Las medidas de seguridad en los eventos deben basarse en la identificación de los posibles riesgos para adelantarse y poder evitarlos, iniciándose con un plan de seguridad cuyo objetivo es la protección de la integridad física de todas las personas (trabajadores y público) involucrados en el evento y salvaguarda del recinto en el que se celebra dicho evento. En Prosegur Security somos conscientes de la complejidad de gestionar de forma satisfactoria el control de seguridad en eventos, por ello disponemos de un servicio de vigilancia integrada por profesionales experimentados y muy cualificados que cuentan con la tecnología más avanzada del mercado. En eventos como conciertos y festivales, el calor o el cansancio pueden provocar desmayos u otras emergencias sanitarias. Sin embargo, las situaciones de más riesgo se llevan a cabo en los controles de acceso. En Prosegur Security disponemos de vigilantes presenciales con capacidad para adaptarse a las necesidades de cada evento e idóneos para controlar cualquier posible incidente. En los eventos deportivos, la afluencia de público o la asistencia de personalidades de alto nivel requieren, además de los vigilantes presenciales, nuestros servicios de vigilancia VIP como parte de un complejo dispositivo de seguridad que se elaborará en coordinación con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. En definitiva, nuestros servicios de seguridad combinan tres aspectos fundamentales: profesionales del más alto nivel, tecnología y gestión de datos, en los que la logística de anticipación y los flujos de información marcan la diferencia.

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Jesús Gaytán
Jesús Gaytán
2025-08-29 14:43:00
Respuestas : 22
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El Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos define las condiciones que debe de tener un Plan de Seguridad. Según establece el artículo 10 del Decreto anterior, el organizador de un evento debe elaborar un Plan de Seguridad cuando el aforo máximo autorizado del evento sea superior a 200 personas. Cabe destacar que el plan debe ser redactado por un técnico competente y contener como mínimo: Una memoria descriptiva del evento. Los planos del recinto. El análisis pormenorizado de cada uno de los factores de riesgo para la seguridad. El Decreto 67/2015, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Autoprotección exigible a determinadas actividades, centros o establecimientos que puedan dar origen a situaciones de emergencia en la Comunidad Autónoma de Canarias, establece el marco normativo que determina las actividades que están sujetas a la obligación de la elaboración de un Plan de Autoprotección. En el caso concreto de los espectáculos públicos y las actividades recreativas, este Decreto, obliga a la elaboración de un Plan de Autoprotección cuando el aforo del evento en recintos cerrados sea superior a 1.000 personas y de más de 10.000 al aire libre. Este Plan debe recoger: Identificación de los titulares y del emplazamiento de la actividad. La determinación de los dispositivos de asistencia sanitaria del evento.