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Licencias para armas de competición

Juan José Urbina
Juan José Urbina
2025-09-07 18:52:08
Respuestas : 31
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DICHA RESOLUCIÓN DE 4 DE DICIEMBRE DE 2024, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL, POR LA QUE SE DETERMINAN LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD MÍNIMAS QUE DEBEN REUNIR LAS CAJAS FUERTES Y ARMARIOS O ARMEROS PARA GUARDAR LAS ARMAS EN DOMICILIOS PARTICULARES. DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 55 DEL REGLAMENTO DE ARMAS, APROBADO POR REAL DECRETO 137/1993, DE 29 DE ENERO, LOS ARMEROS DEBEN SER RESISTENTES A LA PERFORACIÓN Y AL CORTADO. LA RESOLUCIÓN DE 4 DE DICIEMBRE DE 2024, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL, ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS QUE DEBEN CUMPLIR LAS CAJAS FUERTES Y ARMARIOS PARA GUARDAR ARMAS EN DOMICILIOS PARTICULARES. ES OBLIGATORIO GUARDAR LAS ARMAS COMPLETEDAS DENTRO DE UN ARMOIRE QUE CUMPLA CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS POR EL REGLAMENTO DE ARMAS. DESPUÉS, NO OLVIDE VOLVER A CERRAR LA CAJA FUERTE CON LAS LLAVES. DEBERÁNFSE, PREVIA COMPROBACIÓN POR PARTE DE LA CORRESPONDIENTE COMISARÍA DE POLICÍA O PUESTO DE LA GUARDIA CIVIL, LAS SIGUIENTES DOCUMENTACIÓN: A) LA CÉDULA DE IDENTIDAD O DOCUMENTO EQUIVALENTE, EN VIGOR, DEL SOLICITANTE. DEBERÁ COMPROBAR, CON ANTERIORIDAD A LA SOLICITUD DE LA LICENCIA, QUE LA CAJA FUERTE DONDE SE GUARDARÁN LAS ARMAS CUMPLE CON LOS REQUISITOS DE SEGURIDAD ESTABLECIDOS EN LA NORMA UNE EN 1143-1.
Dario Ibarra
Dario Ibarra
2025-09-06 06:06:05
Respuestas : 26
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✅ Requisitos obligatorios para civiles: Licencia F en vigor (licencia específica para armas de concurso de tiro deportivo). El arma debe estar guiada como arma de concurso, es decir, en la guía de pertenencia debe constar expresamente como “arma de concurso” o “arma de tiro olímpico”. ✅ Requisitos para miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y militares: Aunque dispongan de licencia tipo A, deben tramitar la licencia F para la participación en competiciones deportivas. Del mismo modo, el arma utilizada debe estar guiada como arma de concurso. Una vez cumplido este requisito, en la guía constará la mención “arma de concurso” o “arma de tiro olímpico”. Recordamos que el uso de armas guiadas con licencia D (caza mayor) u otros tipos de licencia que no sean la F, para fines deportivos, no está permitido y será objeto de sanción conforme al Reglamento de Armas y la normativa vigente Es responsabilidad de cada tirador y organizador cumplir con esta normativa para evitar sanciones y garantizar la legalidad de las competiciones.

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Miguel Castro
Miguel Castro
2025-08-23 07:25:39
Respuestas : 29
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Las personas que hagan uso de las armas deberán estar en todo momento en condiciones de controlarlas. En la presencia o proximidad de otras personas deberán actuar con la diligencia y precauciones necesarias, y comportarse de forma que no puedan causar peligro, daños, perjuicios o molestias a terceras personas o a sus bienes. En ningún caso podrán tener ni usar armas, ni ser titulares de las licencias o autorizaciones correspondientes, las personas cuyas condiciones psíquicas o físicas les impidan su utilización, y especialmente aquellas personas para las que la posesión y el uso de armas representen un riesgo propio o ajeno. Para solicitar las licencias y autorizaciones especiales de armas, además de la documentación requerida para cada tipo de arma, los interesados deberán acreditar la posesión de las aptitudes psíquicas y físicas adecuadas y los conocimientos necesarios sobre conservación, mantenimiento y manejo de las armas. La acreditación de las aptitudes psíquicas y físicas necesarias para poder obtener la concesión, así como la renovación de licencias y autorizaciones especiales para la tenencia y uso de armas, deberá llevarse a cabo mediante la presentación, ante las oficinas instructoras de los procedimientos, del correspondiente informe de aptitud.