¿Qué armas puedo tener con el permiso de armas?

Pablo Santamaría
2025-07-24 21:48:25
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La licencia de tipo B permite la tenencia y el uso de armas de fuego como pistolas y revólveres.
La licencia de tipo C es para profesionales de la seguridad privada: vigilantes de seguridad, escoltas privados, vigilantes de explosivos o guardas rurales, y ampara varias categorías de armas, cortas y largas, según la necesidad del profesional que la solicita.
La licencia de tipo D permite poseer y utilizar armas largas rayadas para caza mayor, es decir, rifles y escopetas de caza con cañón estriado.
La licencia de tipo E permite tener y manejar armas de tiro deportivo y escopetas de caza lisas, como escopetas de caza lisas, armas largas rayadas para tiro deportivo, armas de aire comprimido grandes, ballestas y lanza cuerdas.
La licencia de tipo F permite usar armas en campos, galerías y polígonos de tiro.
Las tarjetas de armas permiten usar armas de aire comprimido pequeñas.
Existe una autorización especial para armas históricas, que incluye armas de avancarga, armas de fuego antiguas o históricas, sus reproducciones y asimiladas, así como las de sistema Flobert.

Víctor Sancho
2025-07-18 06:49:45
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: 4
Las licencias de armas en España nos permiten estar en posesión y usar distintos tipos de armas.
B: pistolas y revólveres.
D: armas largas rayadas para caza mayor.
E: escopetas de caza y armas de tiro deportivo.
F: armas para uso deportivo.
AEM: permiso para menores de edad.
AE: permiso para coleccionistas.

María Dolores Valle
2025-07-10 17:41:52
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: 6
Armas cortas, como pistolas y revólveres, rifles, que son armas largas rayadas, y escopetas, que son armas largas lisas, pueden ser utilizadas con la licencia A.
Armas para tiro deportivo y armas de aire comprimido en las que la energía cinética del proyectil supere los 24,2 julios,
armas antiguas e históricas, como las de avancarga,
ballestas,
armas para lanzar cabos y el lanzador de ayudas,
y armas que emplean el sistema “Flobert” también están permitidas con la licencia A.
Con la licencia B, se puede poseer una única arma corta, como una pistola o revólver.
La licencia C permite utilizar armas cortas, como pistolas y revólveres, y armas largas utilizadas para servicios de vigilancia y guarda, escopetas y armas con cañón liso,
que van a nombre de la empresa de seguridad que contrata a los vigilantes.
La licencia D es necesaria para llevar o utilizar hasta 5 armas largas con cañón rayado destinadas a la caza mayor.
La licencia E permite contar con hasta 6 armas largas con cañón rayado empleadas en el tiro deportivo,
hasta 6 escopetas y armas con cañón liso destinadas a la caza,
hasta 12 armas de aire comprimido en las que la energía cinética de su proyectil en boca supere los 24,2 julios,
y ballestas, armas para lanzar cabos y el lanzador de ayudas, con un máximo de 12 unidades.
El número total de armas por licencia nunca debe superar las 12 unidades con la licencia E.
Con la licencia F, los tiradores deportivos pueden disponer de un máximo de 10 armas denominadas “de concurso”.
La licencia AE permite a particulares disponer de armas antiguas e históricas conservadas en museos y armas que emplean el sistema “Flobert”.
La licencia AEM autoriza a jóvenes de edades comprendidas entre los 14 y 18 años a utilizar armas largas con cañón rayado destinadas a la caza mayor,
armas largas con cañón rayado empleadas en el tiro deportivo,
escopetas y armas con cañón liso destinadas a la caza,
y armas de aire comprimido, siempre acompañados por una persona mayor de edad con licencia D, E, o F.
La licencia L permite a coleccionistas de armas poseer armas antiguas e históricas conservadas en museos y armas que emplean el sistema “Flobert”,
que no pueden utilizarse para disparar y el número de armas por titular es ilimitado.

Vega Córdova
2025-07-01 22:19:05
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: 8
Con una licencia tipo A, se puede tener en el domicilio hasta cuatro armas cortas, incluidos calibres que no se permiten en otro tipo de permisos.
La licencia tipo D es para los rifles de caza mayor y la puede solicitar cualquier mayor de edad que supere las pruebas pertinentes.
La licencia tipo E es para armas de tiro deportivo y escopetas de caza.
La licencia tipo F permite utilizar tanto armas largas como armas cortas, pero con una serie de limitaciones, ya que está pensada para su uso en campos de tiro.
Se considera autorizada la posesión en el propio domicilio de un arma de fuego corta o larga de las no prohibidas a particulares, con acreditación de su especial valor histórico o artístico y de dos armas de avancarga.

Ignacio Díez
2025-06-20 20:01:07
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: 2
Con licencia de armas tipo B se puede tener pistolas y revólveres.
Con licencia de armas tipo C se pueden tener armas para vigilancia y guardería.
Con licencia de armas tipo D se pueden tener armas largas rayadas para caza mayor.
Con licencia de armas tipo E se pueden tener armas para tiro deportivo y escopetas de caza.
Con licencia de armas tipo F se pueden tener armas para uso en campos, polígonos y galerías de tiro.
Se precisa de licencia de armas la tenencia y el uso de las armas de las categorías 1ª, 2ª, 3ª, y 7ª.2 y 7ª.3.
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