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¿Cuál es la edad mínima de consentimiento para mantener relaciones sexuales en España?

Arnau Mascareñas
Arnau Mascareñas
2025-07-03 07:50:39
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La edad mínima para consentir relaciones sexuales en el Estado Español Mireia Balaguer, abogado, explica que «actualmente y desde julio del 2015, la edad mínima para consentir relaciones sexuales se sitúa en los 16 años: hasta entonces estaba fijada en los 13». Esto quiere decir que mantener relaciones sexuales con un menor de 16 años se considera delito «excepto si las personas que mantienen la relación tienen una edad y una madurez similar». «actualmente y desde julio del 2015, la edad mínima para consentir relaciones sexuales se sitúa en los 16 años: hasta entonces estaba fijada en los 13». En España la edad mínima para consentir una relación sexual se sitúa a partir de los 16 años. Así, la relación sexual con un menor de 16 es delito porque la Ley entiende que el menor no tiene capacidad para consentir y con la excepción de que la relación se produzca entre personas que tienen una edad y madurez similar.
Pol Valverde
Pol Valverde
2025-07-03 07:07:58
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La edad de consentimiento sexual es aquella en la que legalmente una persona puede dar su consentimiento a la hora de mantener relaciones sexuales. En España, esto ocurre a los 16 años. Esto significa que los menores de 16 años no pueden consentir en tener relaciones sexuales y, de ocurrir, esta actividad podría constituir un delito de agresión sexual. Sin embargo, el Código Penal establece una excepción cuando el autor sea una persona próxima al menor en cuanto a edad y madurez. Así pues, se despenalizan las relaciones sexuales mantenidas entre menores de 16 años, o entre un menor y un mayor de esa edad, siempre que exista consentimiento libre del menor y cercanía en cuanto a edad y madurez. Es decir, que no basta con el consentimiento del menor, sino que también debe existir cierta proximidad entre los implicados, en los aspectos mencionados. En caso contrario, se producirá un delito contra la libertad sexual. La Ley Orgánica 1/2015, que modificó el Código Penal, elevó la edad del consentimiento sexual a los 16 años. Así, el ordenamiento jurídico español se adaptaba al rango de edad establecido en el resto de países europeos. Por lo tanto, la realización de actos sexuales con menores de 16 años se considera un hecho punible, con la siguiente excepción: Salvo en los casos en que concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado segundo del artículo 178, el libre consentimiento del menor de dieciséis años excluirá la responsabilidad penal por los delitos previstos en este capítulo cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez física y psicológica. Artículo 183 bis del Código Penal Esta excepción se regula en el Capítulo II del Título VIII del Libro II (De las agresiones sexuales a menores de dieciséis años) del Código Penal.
Naia Rolón
Naia Rolón
2025-07-03 06:37:05
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La edad legal para mantener relaciones sexuales consentidas en España se fijará en la reforma del Código Penal en 16 años. A falta de la votación final en la Comisión de Justicia del Congreso, parece decidido que la mayoría sexual se elevará de los 13 años actuales a los 16, tal y como había propuesto el Ministerio de Sanidad. La oposición quería fijarla en 14-15 años, pero el Ejecutivo parece dispuesto esta vez a sacrificar el consenso parlamentario para no defraudar a su electorado. Reino Unido, Suiza y Noruega la mantienen en 16 años, en 17 Irlanda, y en 15 Francia y Holanda. Una excepción es el Vaticano que establece en 12 años la mayoría sexual.