La licencia tipo A se concede a personal militar y cuerpos de seguridad del Estado para la tenencia de armas de uso privado, es decir, al margen de su actividad. Pudiendo tener en su domicilio hasta cuatro armas cortas, incluidos calibres que no se permiten en otro tipo de permisos. Las licencias de armas tipo D es la correspondiente a los rifles de caza mayor y la puede solicitar cualquier mayor de edad que supere las pruebas pertinentes. La licencia tipo E, que corresponde a armas de tiro deportivo y escopetas de caza. La licencia tipo F permite utilizar tanto armas largas como armas cortas, pero con una serie de limitaciones, ya que está pensada para su uso en campos de tiro y se debe llevar el arma desactivada, separada de la munición y sin cargar en los trayectos entre el domicilio y el campo de tiro. En el caso de las armas cortas y rifles, estas deben estar guardadas en armeros de seguridad con unas características específicas para dicha función. Se considera autorizada la posesión en el propio domicilio de un arma de fuego corta o larga de las no prohibidas a particulares, con acreditación de su especial valor histórico o artístico y de dos armas de avancarga.
La licencia tipo A se concede a personal militar y cuerpos de seguridad del Estado para la tenencia de armas de uso privado. Pudiendo tener en su domicilio hasta cuatro armas cortas, incluidos calibres que no se permiten en otro tipo de permisos.
Solo pueden llevar armas los miembros de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad del Estado, además de vigilantes, cazadores, tiradores deportivos y las personas que acrediten una necesidad de autodefensa. La licencia tipo C está reservada a los vigilantes de seguridad y escoltas privados de las empresas de seguridad, a los vigilantes de explosivos y a los guardas rurales, no pudiendo poseer una persona más de una licencia tipo C. En los casos en que las respectivas regulaciones permitan la posesión o utilización de un arma corta y un arma larga para vigilancia y guardería, ambas serán amparadas por la misma licencia. La licencia tipo A se concede a personal militar y cuerpos de seguridad del Estado para la tenencia de armas de uso privado. Pudiendo tener en su domicilio hasta cuatro armas cortas, incluidos calibres que no se permiten en otro tipo de permisos.