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¿Es legal tener pistola de aire comprimido?

Antonia Montero
Antonia Montero
2025-09-26 06:43:39
Respuestas : 27
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En España las armas de aire o gas comprimido están sujetas al control legal de la Administración, a través del Real Decreto 137/1993 de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas. Esta norma regula la fabricación, venta, tenencia y uso de todo tipo de armas, incluyendo las de aire o gas comprimido. En el art. 2.2 se definen las armas de aire o gas comprimido como aquellas "que utilizan como fuerza impulsora del proyectil la originada por la expansión de un gas comprimido". El art. 3 del citado Reglamento de Armas, incluye estas armas en la categoría 4, distinguiendo 2 posibilidades: La categoría 4.1 incluiría a las "carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; y revólveres de doble acción, accionados por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas". Por otra parte, en la categoría 4.2 encontramos las "carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido, no asimiladas a escopetas". Según el art. 54.3 del Reglamento de Armas, "se podrán adquirir y tener en el propio domicilio, sin otro trámite que la declaración de la venta, la clase de arma y los datos de identidad del adquiriente al Alcalde del municipio de residencia de este, y a la Intervención de Armas de la Guardia Civil." Su adquisición puede realizarse en cualquier establecimiento de venta de artículos deportivos que cumpla los requisitos. En cuanto al uso, sólo deben emplearse en polígonos, galerías y campos de tiro homologados, estando prohibido el uso de armas de aire o gas comprimido para la caza.
Juan José Gastélum
Juan José Gastélum
2025-09-26 05:28:04
Respuestas : 23
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Es obligatorio registrar una pistola de CO2 o de Airsoft si se va a sacar del domicilio. El registro del arma en la Guardia Civil se realiza mediante el parte de venta de armas. El registro del arma en el Ayuntamiento es obligatorio si se desea transportar el arma. El Artículo 54 del Reglamento de Armas establece que las armas de la cuarta categoría se podrán adquirir y tener en el propio domicilio, sin necesidad de inscripción. El Artículo 105 del Reglamento de Armas establece que es obligatorio registrar la arma en el Ayuntamiento si se va a transportar o utilizar fuera de casa. El trámite para registrar una pistola de CO2 o de Airsoft varía según el Ayuntamiento, pero normalmente requiere fotocopia del DNI, factura de compra y número de serie indicado en la factura. Es importante cumplir con las normas de transporte seguro para evitar sanciones administrativas. Sacar una pistola de CO₂ o réplica de Airsoft a la vía pública sin registrarla ni cumplir con las normas de transporte puede considerarse infracción administrativa grave. Las sanciones pueden incluir multas de hasta 3.000 €, inmovilización o decomiso del arma y antecedentes administrativos.

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