Las embarcaciones de recreo deberán llevar como mínimo un chaleco salvavidas por persona a bordo, los cuales se completarán con una luz para chaleco salvavidas.
No obstante, en las embarcaciones de recreo que naveguen en zonas 4, 5, 6 o 7, que realicen exclusivamente navegaciones diurnas, se podrá prescindir de la luz.
Las embarcaciones de recreo que naveguen en zona 1 deberán llevar un chaleco salvavidas adicional.
Se proveerán chalecos salvavidas para todos los niños y bebés a bordo, adecuados a su peso y tamaño.
50N son chalecos de ayuda a la flotabilidad, para ser usados por personas que sepan nadar y mantenerse en la posición correcta, indicados para uso en actividades deportivas cerca de la orilla.
100N son chalecos adecuados para navegación hasta 5 millas de la costa, capaces de mantener a flote y con la cabeza fuera del agua a una persona, incluso si no sabe nadar o está inconsciente, disponen además de silbato para pedir ayuda y cintas reflectantes para ser localizado en la noche.
150N son chalecos adecuados para navegación hasta 60 millas de la costa, capaces de mantener a flote y con la cabeza fuera del agua a una persona, incluso si no sabe nadar o está inconsciente, su capacidad de mantenerse a flote es superior a la de 100N y la superficie de las cintas reflectantes es mayor.
275N son chalecos adecuados para navegación oceánica, capaces de mantener a flote y con la cabeza fuera del agua a una persona, incluso si no sabe nadar o está inconsciente, también en condiciones de mala mar o si viste ropa pesada.
SOLAS chalecos homologados por normativa SOLAS, válidos para ser usados en buques de recreo o en buques mercantes o de pasaje, en cualquier zona de navegación.