Para contar con un arma de las categorías 1ª, 2ª, 3ª, 7ª.2. y 7ª.3 en España es necesario no tener antecedentes penales y cumplir con diferentes requisitos dependiendo del tipo de licencia.
La Licencia «A» es necesaria para ser miembro de las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y el Servicio de Vigilancia Aduanera.
La Licencia «B» la pueden tener aquellas personas particulares cuyas vidas o las de su familia puedan estar en peligro.
La Licencia «C» es para profesionales de seguridad y vigilancia.
El solicitante de las Licencias «D» y «E» deberá tener un permiso de caza para poder acudir al Servicio de Intervención de Armas de la Guardia Civil, donde tendrá que aprobar dos exámenes: uno teórico y uno práctico.
Para poder tener la Licencia «D», es necesario superar un examen, que certifica la aptitud del mismo para el manejo del arma solicitada, debiendo haber presentado previamente el certificado de antecedentes penales, un certificado de aptitudes psicofísicas expedido por un centro oficial, un justificante de empadronamiento y la inscripción al coto de caza.
La licencia Clase D es la licencia básica para poder usar un arma larga rayada para caza mayor y es necesaria para llevar o utilizar hasta 5 armas largas con cañón rayado destinadas a la caza mayor.
La licencia Clase E es la licencia básica para poder disponer de un arma de caza menor y es concedida por los delegados o subdelegados del Gobierno en cada provincia, y es necesaria para poder contar con un número determinado de armas de caza menor.