Según la Guardia Civil, cualquier particular que posea una licencia Tipo E para la posesión de una escopeta de caza, puede guardarla en cualquier lugar de su domicilio ya que no será necesario contar con un armero para escopetas, aunque se recomienda contar con uno en el domicilio.
Aun así, siempre es aconsejable contar con una unidad de almacenamiento de seguridad cuando se trata de armas de fuego, ya que conllevan una gran responsabilidad.
Un arma es un elemento que no debe estar al alcance de cualquiera que pueda manipularla, por lo que un armario blindado es una buena solución.
Nuevamente, las armerías no precisan de un armero homologado para salvaguardar una escopeta, pudiéndose exhibir en una pared como una persona en su domicilio.
El cambio viene en la forma de guardarla, mientras que un particular puede colocar el arma en la pared, las armerías podrán hacerlo mientras el arma no esté completa, es decir, será necesario extraer una pieza clave del mecanismo, para impedir su uso convencional.
Para armas cortas, el nivel de seguridad exigido se incrementa, invalidando salvaguardar un arma corta como una pistola en un armero homologado en Grado I.
Para esta clase de armas es obligatorio cumplimiento cuyo alojamiento sea dentro de un armero o caja fuerte homologada en Grado III según norma europea UNE EN 1143-1 de 2019.
Estas armas al usar cartuchos de vaina no metálica, no existe regulación que limite la ubicación de la munición en caso de particulares, dejando la responsabilidad al dueño del arma.
Aun así, en Anloar recomendamos el uso de un armario blindado para guardar la munición junto al arma, siempre que no se pueda garantizar la seguridad al guardar ambos componentes por separado.
En establecimientos regulados, la normativa marca que la munición de estas armas siempre debe ir separada del arma, es decir, no se podrá guardar la munición en el mismo compartimento que el arma.