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¿Qué pasa si te pillan con una pistola en España?

Guillem Nájera
Guillem Nájera
2025-06-27 15:19:01
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Utilizar armas de fuego o de cualesquiera otra clase, sin adoptar las medidas o precauciones necesarias para no causar peligro, daños, perjuicios o molestias a terceras personas o a sus bienes, o contraviniendo las prohibiciones establecidas en el artículo 146 de este Reglamento, con multas de cincuenta mil una a cien mil pesetas, incautación de las armas y, en su caso, retirada de las licencias o autorizaciones correspondientes. Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5, 6 y 7. Deberá en general estimarse ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, así como en todo caso los que hubieran sufrido condena por delito o falta contra las personas o la propiedad o por uso indebido de armas o sanción por infracción de este Reglamento.
Biel Cabán
Biel Cabán
2025-06-18 17:58:38
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La tenencia de armas prohibidas y la de aquellas que sean resultado de la modificación sustancial de las características de fabricación de armas reglamentadas, será castigada con la pena de prisión de uno a tres años. Es posible considerar que se trata de una norma penal en blanco, dado que el propio Código Penal requiere de una norma de rango inferior, el Reglamento de Armas, para que se pueda completar el tipo, adverándose así que se requerirá de la consideración de arma prohibida para que pueda operar el tipo penal frente a la legislación administrativa. Para que la tenencia o uso de un arma que administrativamente es perseguible, adquiera relevancia a efectos del derecho penal, deberían de ser excluidas como tales las armas que no estén destinadas a la ofensa o defensa de forma personal, que estén destinados a fines domésticos, a fines profesionales o con valor para coleccionistas. Para que opere el derecho penal de forma jerárquica sobre el derecho administrativo, se tendrá que hacer uso del arma con el fin de querer menoscabar y poner en peligro de forma grave al bien jurídico que se trata de proteger, siendo el mismo la vida y la integridad de las personas. La tenencia en un domicilio de dos defensas extensibles no constituye delito, pues para que esta tenencia adquiera relevancia penal, se debería de haber puesto en peligro alguno de los bienes jurídicos que el artículo pretende proteger. No toda arma prohibida por la legislación administrativa y que puede ser perseguible por la misma tiene relevancia suficiente como para que adquiera interés penal, pues para que el derecho penal opere por el uso o tenencia de un arma prohibida, se requiere que se ponga en peligro el bien jurídico protegido, así como que las armas tengan la finalidad de poder dañar al mismo.