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¿Cuánto tiempo se puede ceder un arma?

Iván Torres
Iván Torres
2025-07-13 20:55:43
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La cesión será exclusivamente para cazar y se documentará con una autorización escrita, fechada y firmada por el titular del arma, por un periodo máximo de quince días. La cesión es solo para 15 días, no creo que tengas problemas en llevarla, eso sería estar al tanto de las fechas para que no se te pase. Del mismo modo, con la oportuna autorización escrita y a los mismos efectos expuestos, se podrán prestar las armas documentadas con tarjeta de armas. En todos casos, las armas siempre se prestarán con sus guías de pertenencia o sus tarjetas de armas. El titular del arma siempre sabe para que esta prestando el arma, para cazar o tiro deportivo según el caso. Alguien decía antes que es recomendable hacer 2 copias de la hoja de la cesión, así puedes justificar donde esta tu arma si la IA te pregunta, y sabes para que usos se permite. Si me prestan un revolver para tirar toda la temporada, su dueño no sabrá en todo momento donde está el revólver. De modo que si le requieren de la IA que lo presente a revista, no le va a valer el "Se lo presté a Teide". O lo que es lo mismo, que el dueño tiene que ser capaz de explicar el la IA donde está su arma y para qué. Porque en otro caso, a uno y a otro se nos van a acabar los problemas de renovar y esas cosas.
Jan Arroyo
Jan Arroyo
2025-07-13 19:53:14
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La cesión temporal de armas se puede realizar durante quince días máximo y solo para cazar. La cesión se debe hacer a quien posea las licencias de caza y de armas correspondientes mediante una autorización escrita fechada y firmada. Deben constar, al menos, nombre, DNI y domicilio del cedente y cesionario, características del arma y su guía de pertenencia, tipo de la licencia del cesionario con lugar y fecha de concesión, las firmas de ambos y fecha. Prestar armas a quien no tenga licencia de armas o caza puede suponer infracción de las normas sobre su custodia y conllevar responsabilidad administrativa, además de civil subsidiaria. El riesgo inherente al uso de un arma de fuego es evidente y cuando esa utilización es constitutiva de delito o falta, además de la responsabilidad penal y de la civil directa, es razonable exigir responsabilidad civil subsidiaria al titular que ha permitido su uso, sobre la base del riesgo.
María Dolores Enríquez
María Dolores Enríquez
2025-07-13 18:51:50
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El titular del arma para su uso durante 15 días como máximo y precisamente para cazar. Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia o sus tarjetas de armas. Autorización escrita, fechada y firmada por el titular del arma para su uso durante 15 días como máximo y precisamente para cazar. Tanto los españoles como extranjeros residentes, podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de la licencia de caza y de la licencia de arma larga rayada para caza mayor o escopeta. Los titulares de las pistolas, revólveres y armas de concurso pueden prestar este tipo armas con una autorización por escrito a quienes estén habilitados legalmente para su uso.